Micelio

Artículo 4

La Interventoría Tendrá Una Junta Asesora, Formada Por Cuatro Vocales, Designados Asimismo Por El Gobierno, Que Procurará Escogerlos Entre Los Comerciantes Importadores, Los Fabricantes Nacionales, Los Agricultores Y Los Trabajadores

Decreto 928 de 1943 · Por el cual se dictan disposiciones sobre control de precios

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. La Interventoría tendrá una Junta Asesora, formada por cuatro Vocales, designados asimismo por el Gobierno, que procurará escogerlos entre los comerciantes importadores, los fabricantes nacionales, los agricultores y los trabajadores. La Junta Asesora será presidida por el Interventor, quien tendrá voz y voto en sus deliberaciones. Los Vocales de la Junta Asesora tendrán una remuneración de veinte pesos ($20.00) por cada sesión a que concurran.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 928 de 1943