º. La Interventoría tendrá una Junta Asesora, formada por cuatro Vocales, designados asimismo por el Gobierno, que procurará escogerlos entre los comerciantes importadores, los fabricantes nacionales, los agricultores y los trabajadores. La Junta Asesora será presidida por el Interventor, quien tendrá voz y voto en sus deliberaciones. Los Vocales de la Junta Asesora tendrán una remuneración de veinte pesos ($20.00) por cada sesión a que concurran.
Decreto 928 de 1943 →Vigente
Artículo 4
La Interventoría Tendrá Una Junta Asesora, Formada Por Cuatro Vocales, Designados Asimismo Por El Gobierno, Que Procurará Escogerlos Entre Los Comerciantes Importadores, Los Fabricantes Nacionales, Los Agricultores Y Los Trabajadores
Decreto 928 de 1943 · Por el cual se dictan disposiciones sobre control de precios
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.