La escala debe emplearse para el mapa topográfico geológico, será la siguiente: Hasta 5,000 hectáreas: de uno a cinco mil (1/5,000). De 5,000 a 20,000 hectáreas: de uno a diez mil (1/10,000). De 20,000 a 30,000 hectáreas: de uno a quince mil (1/15,000). De 30,000 a 40,000 hectáreas: de uno a veinte mil (1/20,000). De 40,000 hectáreas en adelante; de uno a veinticinco mil (1/25,000).
Decreto 1270 de 1931 →Vigente
Artículo 67
La Escala Debe Emplearse Para El Mapa Topográfico Geológico, Será La Siguiente: Hasta 5,000 Hectáreas: De Uno A Cinco Mil (1/5,000)
Decreto 1270 de 1931 · Por el cual se reglamenta la ley 37 de 1931
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.