Micelio

Artículo 1132

Para Devolución De T O D A Clase De Rentas Que Se Hayan Cobrado De Más, En El Año $ 500

Decreto 82 de 1957 · Por el cual se hace una traslación en el Presupuesto de Gastos vigente. (Ministerio de Gobierno y de Hacienda y Crédito Público)

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero . Hácese la siguiente traslación en el Presupuesto de Gastos vigente: MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO Gastos de Administración, Auxilios y otros. CAPITULO 109 Aportes, Participaciones, Indemnizaciones y Devoluciones . 105. Del artículo 1132. Para devolución de t o d a clase de rentas que se hayan cobrado de más, en el año $ 500.000.00 Suman el contracrédito $ 500.000.00 MINISTERIO DE GOBIERNO CAPITULO 046 Empresa Nacional de Publicaciones 104. Al artículo 0470. Para aporte del Gobierno Nacional a la Empresa Nacional de Publicaciones, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Decreto legislativo número 2085 de 1955 y el ejecutivo número 0271 de 1956, en el año $ 500.000.00 Suma el crédito $ 500.000.00

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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