Micelio

Artículo 15

Decreto 1155 de 1999 · por el cual se modifica la estructura de la Fiscalía General de la Nación y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Dirección de asuntos internacionales. La Dirección de Asuntos Internacionales tiene las siguientes funciones

1.

Asesorar al Fiscal General en la definición de la política y diseño de los mecanismos relativos al intercambio de pruebas e información requerida por otros países u organismos internacionales y por la justicia colombiana.

2.

Atender los requerimientos de las autoridades competentes en materia de cooperación judicial en lo relativo al control de la ejecución de las solicitudes de asistencia judicial recíproca, con miras a lograr la aplicación unificada de los instrumentos vigentes.

3.

Canalizar y sistematizar la información sobre las investigaciones referentes a violación de derechos humanos e infracciones al derecho internacional humanitario y, atender oportunamente los requerimientos formulados por organismos gubernamentales y no gubernamentales nacionales e internacionales.

4.

Difundir ante instancias internacionales las funciones de la Fiscalía General de la Nación y la política criminal en el ámbito de la prevención y represión de los delitos de carácter transnacional.

5.

Gestionar en coordinación con el Despacho del Vicefiscal General de la Nación, la cooperación técnica internacional con los distintos gobiernos y agencias internacionales interesadas en el desarrollo de los programas que adelanta la Fiscalía General de la Nación.

6.

Adelantar a instancias del Fiscal General de la Nación los trámites administrativos que en materia de extradición se requieran.

7.

Impulsar el fortalecimiento de las relaciones de la Fiscalía General con las autoridades judiciales y entidades homólogas de otros países y hacer seguimiento a los compromisos internacionales adquiridos por Colombia en las áreas de competencia de la Fiscalía.

8.

Las demás funciones que le sean asignadas por el Fiscal General de la Nación y, que guarden relación con la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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