En la preparación de las solicitudes de partidas para gastos que deban incluirse en el proyecto de Presupuesto, los Ministros y Jefes de Departamentos Administrativos proveerán en primer término lo necesario para atender los servicios completos de la Administración Pública, el servicio de la deuda pública y las obligaciones contractuales o de origen judicial, antes de incluír lo relativo a otros servicios o proyectos que puedan ser eliminados o reducidos sin perjuicio de la buena marcha de la Administración.
Artículo 20
En La Preparación De Las Solicitudes De Partidas Para Gastos Que Deban Incluirse En El Proyecto De Presupuesto, Los Ministros Y Jefes De Departamentos Administrativos Proveerán En Primer Término Lo Necesario Para Atender Los Servicios Completos De La Administración Pública, El Servicio De La Deuda Pública Y Las Obligaciones Contractuales O De Origen Judicial, Antes De Incluír Lo Relativo A Otros Servicios O Proyectos Que Puedan Ser Eliminados O Reducidos Sin Perjuicio De La Buena Marcha De La Administración
Decreto 164 de 1950 · Por el cual se organiza el manejo del Presupuesto
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.