° El Director General de la Corporación Eléctrica de la Costa Atlántica-CORELCA-, tendrá derecho a gastos de' representación en una cuantía equivalente a la tercera parte del sueldo que le corresponda según lo establecido en el artículo l° del presente Acuerdo. Los Subdirectores de las Subdirecciones de Operaciones, Administrativa, Financiera y Técnica, y los Directores Regionales de Proyectos tendrán derecho a gastos de representación en una cuantía equivalente a la quinta parte del sueldo que le corresponda según lo establecido en el articulo l° del presente Acuerdo.
Decreto 566 de 1974 →Vigente
Artículo 4
El Director General De La Corporación Eléctrica De La Costa Atlántica-Corelca-, Tendrá Derecho A Gastos De' Representación En Una Cuantía Equivalente A La Tercera Parte Del Sueldo Que Le Corresponda Según Lo Establecido En El Artículo L° Del Presente Acuerdo
Decreto 566 de 1974 · Por el cual se aprueba la Planta de Personal de la Corporación Eléctrica de la Costa Atlántica-CORELCA
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.