COMPETENCIAS . La actividad del Sistema de Prevención y Alerta para la Reacción Rápida no suspende ni reemplaza sino que complementa la de aquellas instituciones y autoridades del nivel nacional, departamental y municipal, que tienen por mandato constitucional y legal el control del orden público y la garantía de los derechos de los ciudadanos.
El Ministro del Interior, en todo tiempo, de acuerdo con sus competencias, podrá emitir comunicaciones y recomendaciones de gobierno sobre riesgos, las cuales serán informadas a la Ciprat, con el objeto de realizar el respectivo seguimiento.