Micelio

Artículo 9

El Rematador Podrá Subarrendar El Monopolio Que Se Reglamenta Por Este Decreto En Las Regionales O Municipios Del Territorio, En Donde Juzgue Eso Conveniente O Conceder Licencia Para La Fabricación Y La Venta De Licores Y Traspasar Por Consiguiente, Los Derechos Á Que Se Le Acuerdan

Decreto 87 de 1910 · Sobre administración de la Renta de Licores Nacionales en la Intendencia Nacional del Meta

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. El rematador podrá subarrendar el monopolio que se reglamenta por este Decreto en las regionales o municipios del territorio, en donde juzgue eso conveniente o conceder licencia para la fabricación y la venta de licores y traspasar por consiguiente, los derechos á que se le acuerdan.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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