ARTICULO 4.1.6.2.4 .- DE LAS FUNCIONES ESPECIALES DE LA DIVISION DE SEGUROS Y CAPITALlZACION. Además de las previstas en el artículo 4.1.6.1.7 del presente estatuto, son funciones especiales de la División de Seguros y Capitalización las siguientes
Evaluar las pólizas de seguros y los planes de capitalización, así como las modificaciones a sus cláusulas;
Organizar el giro de divisas por contratos de seguro y de reaseguro;
Estudiar las solicitudes para el establecimiento en Colombia de oficinas de representación de reaseguradores extranjeros, de conformidad con lo establecido en el artículo 1.4.2.0.2 del presente estatuto, y
Las demás que se le asignen de acuerdo con la naturaleza de la dependencia,