Micelio

Artículo 2.4.8.6

Plan Nacional De Búsqueda Y Salvamento Marítimo

Decreto 1070 de 2015 · por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Defensa.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Plan Nacional de Búsqueda y Salvamento Marítimo. Se establece el Plan Nacional de Búsqueda y Salvamento Marítimo Colombiano como el documento que implementa las directrices generales de organización, operación, articulación,armonización y administración del Sistema de Búsqueda y Salvamento Marítimo Nacional colombiano. El Plan Nacional, deberá estar acorde con los instrumentos internacionales suscritos por Colombia y las normas nacionales especiales aplicables a las entidades que hacen parte del Sistema de Búsqueda y Salvamento Marítimo Nacional.

Parágrafo

El Plan Nacional de Búsqueda y Salvamento Marítimo Colombianoconstituye un anexo del presente Decreto, formando parte integral del mismo. Las actualizaciones de carácter técnico y operativo que se efectúen a dicho Plan, no aplicarán modificación del presente Decreto. La actualización del Plan Nacional de Búsqueda y Salvamento Marítimo, se efectuará de acuerdo con el procedimiento que este mismo establezca para tal fin.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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