°. Ingreso y circulación al departamento Archipiélago de San Andrés; Providencia y Santa Catalina, en situaciones de desastre y calamidad pública. Durante el término de la declaratoria de existencia de una situación de desastre o calamidad pública en el departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, y la ejecución de su Plan de Acción Específico para la recuperación, se permitirá el ingreso al departamento, de los servidores públicos, contratistas del Estado, subcontratistas de las entidades ejecutoras y/o administradoras de los recursos públicos y particulares que ejerzan funciones públicas, para atender la situación de desastre o calamidad pública, garantizar el funcionamiento de los servicios del Estado y cumplir el plan de acción específico para la recuperación.
Decreto 243 de 2021 →Vigente
Artículo 1
Ingreso Y Circulación Al Departamento Archipiélago De San Andrés; Providencia Y Santa Catalina, En Situaciones De Desastre Y Calamidad Pública
Decreto 243 de 2021 · por el cual se expiden normas en materia de control poblacional en situaciones de desastre y calamidad pública y se dictan otras disposiciones para el departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.