Notificación del mandamiento ejecutivo y apelación . El mandamiento ejecutivo se notificará en la forma indicada en los artículos 315 a 320 y 330. El mandamiento ejecutivo no es apelable; el auto que lo niegue total o parcialmente, lo será en el efecto suspensivo; y el que por vía de reposición lo revoque, en el diferido. Cuando se revoque el mandamiento ejecutivo se condenará al ejecutante en costas y perjuicios.
Decreto 1400 de 1970 →Vigente
Artículo 505
Notificación Del Mandamiento Ejecutivo Y Apelación
Decreto 1400 de 1970 · Por el cual se expide el Código de Procedimiento Civil
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.