Micelio

Artículo 82

Para Los Efectos Legales Y Durante El Plazo Señalado En El Artículo Anterior, Las Entidades Concesionistas Expedirán A Las Personas Naturales O Jurídicas, Una Licencia Temporal Para Realizar El Juego De Apuestas Permanentes

Decreto 421 de 1982 · Por el cual se reglamenta la Ley 1° de 1982

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 82. Para los efectos legales y durante el plazo señalado en el artículo anterior, las entidades concesionistas expedirán a las personas naturales o jurídicas, una licencia temporal para realizar el Juego de Apuestas Permanentes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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