Micelio

Artículo 8

Decreto 2113 de 2001 · por el cual se crea la Comisión Intersectorial Nacional para la Acción contra las Minas Antipersonal.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Funciones de los Comités Intersectoriales Técnicos de Prevención y Atención a Víctimas y de Señalización, Mapeo y Desminado . Serán funciones de los Comités Intersectoriales Técnicos de acuerdo a sus ámbitos de trabajo, las siguientes

1.

Formular el Plan Nacional de Acción contra las Minas Antipersonal y Atención a Víctimas, en el marco de la Convención de Ottawa.

2.

Presentar a la Comisión Intersectorial Nacional para la Acción contra las Minas Antipersonal las recomendaciones que deban tomarse para garantizar la aplicación de la Convención de Ottawa en Colombia.

3.

Coordinar la asistencia técnica a los gobiernos territoriales para la armonización y ejecución del Plan Nacional para la Acción contra las Minas Antipersonal y Atención a Víctimas.

4.

Definir los instrumentos y estrategias para la ejecución, seguimiento y evaluación del Plan Nacional de Acción contra las Minas Antipersonal y Atención a Víctimas.

5.

Presentar a la Secretaría Ejecutiva los informes de gestión semestral y consolidado anual a la Comisión Intersectorial Nacional para la Acción contra las Minas Antipersonal.

6.

Convocar las entidades o personas que considere necesario para el cumplimiento de sus funciones.

7.

Todas las demás que sean afines a su actividad.

Parágrafo

Cada Comité Intersectorial Técnico definirá su reglamento interno y por derecho propio se reunirá una vez cada cuarto mes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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