Micelio

Artículo 7

Constituido Un Patronato Local Y Designado El Secretario, El Alcalde Comunicará A La Dirección Del Departamento De Establecimientos De Detención, Pena Y Medidas Tde Seguridad, Los Nombres De Todos Sus Miembros Para Que Sean Inscritos, Previa La Resolución De Reconocimiento Oficial

Decreto 1493 de 1951 · Por el cual se créa un Patronato Nacional de Presos "Antonio Nariño" y se dictan otras disposicion

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Constituido un patronato local y designado el Secretario, el Alcalde comunicará a la Dirección del Departamento de Establecimientos de Detención, Pena y Medidas tde Seguridad, los nombres de todos sus miembros para que sean inscritos, previa la resolución de reconocimiento oficial. Todo cambio en la composición del Patronato deberá ser comunicado en igual forma. Los Patronatos reconocidos oficialmente podrán ser auxiliados por el Ministerio de Justicia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1493 de 1951