° Constituido un patronato local y designado el Secretario, el Alcalde comunicará a la Dirección del Departamento de Establecimientos de Detención, Pena y Medidas tde Seguridad, los nombres de todos sus miembros para que sean inscritos, previa la resolución de reconocimiento oficial. Todo cambio en la composición del Patronato deberá ser comunicado en igual forma. Los Patronatos reconocidos oficialmente podrán ser auxiliados por el Ministerio de Justicia.
Decreto 1493 de 1951 →Vigente
Artículo 7
Constituido Un Patronato Local Y Designado El Secretario, El Alcalde Comunicará A La Dirección Del Departamento De Establecimientos De Detención, Pena Y Medidas Tde Seguridad, Los Nombres De Todos Sus Miembros Para Que Sean Inscritos, Previa La Resolución De Reconocimiento Oficial
Decreto 1493 de 1951 · Por el cual se créa un Patronato Nacional de Presos "Antonio Nariño" y se dictan otras disposicion
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.