Articulo 1º Adscríbese al Ministro de Desarrollo el conocimiento de los asuntos que deban ser conocidos por el Ministerio de Hacienda, como consecuencia de la investigación indicada en la parte motiva de este Decreto y mientras permanece como titular de ese Despacho el doctor Edgar Gutiérrez Castro.
Decreto 404 de 1984 →Vigente
Artículo 1
Adscríbese Al Ministro De Desarrollo El Conocimiento De Los Asuntos Que Deban Ser Conocidos Por El Ministerio De Hacienda, Como Consecuencia De La Investigación Indicada En La Parte Motiva De Este Decreto Y Mientras Permanece Como Titular De Ese Despacho El Doctor Edgar Gutiérrez Castro
Decreto 404 de 1984 · por el cual se adscribe el conocimiento de un asunto.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.