Art. 300. Al principio de la sesión el Secretario llamará lista de los alumnos agraciados, á los cuales serán distribuidos, en el orden de las materias de enseñanza, los premios que hubieren merecido, manifestándose en alta voz las causas por que han sido agraciados.
Decreto 1238 de 1892 →Vigente
Artículo 300
Decreto 1238 de 1892 · Orgánico de la Instrucción pública secundaria y profesional
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.