Micelio

Artículo 7

Ley 5 de 1944 · Por la cual se crea el Instituto Nacional de Abastecimientos

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Junta Directiva del Instituto Nacional de Abastecimientos, se compondrá de siete miembros, así:

El Ministro de la Economía Nacional , quien será su Presidente;

Un miembro designado por la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero;

Un miembro designado por el Banco Agrícola Hipotecario;

Un miembro designado por la Federación Nacional de Cafeteros;

Un miembro designado por el Banco de la República;

Un miembro, nombrado por el Gobierno, de las ternas que presenten las cámaras de comercio;

Un miembro, nombrado por el Gobierno, de las ternas que presenten las sociedades de agricultores;

AUTORIZACIONES

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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