Son funciones del Secretario General: 1ª. Asistir a las sesiones del Consejo Directivo y extender las actas correspondientes. 2ª. Presentar al Gerente General los asuntos que a éste corresponda resolver. 3ª. Auxiliar al Gerente General en las labores del Instituto, conforme a las instrucciones que de él reciba. 4ª. Conceder a los empleados permiso hasta por una semana para dejar de concurrir al trabajo. 5ª. Controlar la asistencia y disciplina del personal administrativo del Instituto. 6ª. Vigilar la Sección de Archivo y Correspondencia del Instituto. 7ª. Procurar la marcha armónica de los Departamentos entre sí y servir de intermediario entre el Gerente y los Jefes de Departamento; entre estos y el público en general, y las demás que le asignen los reglamentos y el Gerente General. CAPÍTULO III Reglamentos
Decreto 4225 de 1948 →Vigente
Artículo 20
Son Funciones Del Secretario General: 1ª
Decreto 4225 de 1948 · Por el cual se aprueban unos Estatutos del Instituto Colombiano de Seguros Sociales
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.