Micelio

Artículo 18

Retracto De La Oportunidad De Traslado

Decreto 1225 de 2024 · por el cual se reglamenta el parágrafo transitorio del artículo 12 y los artículos 57, 75 y 76 de la Ley 2381 de 2024, relacionados con las entidades administradoras del componente complementario de ahorro individual y la selección de estas por parte de los afiliados, el régimen de transición y la oportunidad de traslado, respectivamente.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Retracto de la oportunidad de traslado. Se entenderá permitido el retracto del afiliado dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha en la cual aquel haya manifestado la correspondiente selección. En caso de retracto deberá darse aviso al empleador a Colpensiones y a la ACCAI con el objeto de que esta traslade la correspondiente cotización. TÍTULO IV RÉGIMEN DE TRANSICIÓN

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1225 de 2024