Micelio

Artículo 1

Para Los Efectos Previstos En El Artículo 357 De La Constitución Política, Todos Los Resguardos Indígenas Legalmente Constituidos A La Fecha De Expedición Del Presente Decreto Serán Considerados Como Municipios

Decreto 1809 de 1993 · por el cual se dictan normas fiscales relativas a los territorios indígenas.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Para los efectos previstos en el artículo 357 de la Constitución Política, todos los resguardos indígenas legalmente constituidos a la fecha de expedición del presente Decreto serán considerados como municipios.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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