Requisitos . Las Federaciones Deportivas Nacionales de personas con limitaciones físicas, sensoriales o mentales requieren para su funcionamiento un número mínimo de siete (7) ligas deportivas o asociaciones deportivas de personas con limitaciones físicas, sensoriales o mentales, o de la combinación de ambas; u once (11) clubes deportivos de personas con limitaciones físicas, sensoriales o mentales en representación de igual número de departamentos, o de la combinación de cualquiera de estos; o ligas y/o asociaciones más clubes. El número de departamentos representados en ningún caso será inferior a once (11).
Decreto 641 de 2001 →Vigente
Artículo 13
Requisitos
Decreto 641 de 2001 · por el cual se reglamenta la Ley 582 de 2000 sobre deporte asociado de personas con limitaciones físicas, mentales o sensoriales.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.