Para atender a los gastos de la administración de Marmato, y en atención a que la población está edificada sobre las minas de propiedad nacional, auxíliase al expresado Municipio con la cantidad de cinco mil pesos ($ 5,000.00) anuales que se incluirán en los Presupuestos de cada vigencia.
Ley 40 de 1938 →Vigente
Artículo 1
Ley 40 de 1938 · Por la cual se concede un auxilio y se hacen unas cesiones al Municipio de Marmato
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.