Articulo 2º Los fiscales no contemplados en el artículo anterior permanecerán en sus cargos en las categorías actualmente vigentes hasta cuando lo señale la ley.
Decreto 1950 de 1981 →Vigente
Artículo 2
Los Fiscales No Contemplados En El Artículo Anterior Permanecerán En Sus Cargos En Las Categorías Actualmente Vigentes Hasta Cuando Lo Señale La Ley
Decreto 1950 de 1981 · Por el cual se dictan unas disposiciones con el fin de facilitar la implantación en la carrera judicial
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.