Micelio

Artículo 85

Crecimiento De La Base Del Sistema Educativo Indígena Propio

Decreto 481 de 2025 · por el cual se reconoce y establece el Sistema Educativo Indígena Propio (SEIP) de los pueblos y comunidades indígenas de Colombia, como Política Pública de Estado y se dictan otras disposiciones.

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Crecimiento de la Base del Sistema Educativo Indígena Propio . El Ministerio de Educación Nacional y los delegados de las organizaciones y pueblos indígenas representados en la CONTCEPI y MPC, en el marco de los principios de integralidad y progresividad del SEIP, realizarán la revisión y programación presupuestal con fundamento en los requerimientos presupuestales de los procesos y estructuras del SEIP y sus estudios de costos integrales, que garantice el crecimiento real y progresivo de los recursos asignados a la sección presupuestal, en el marco de la programación y disponibilidades fiscales y presupuestales definidas en el marco fiscal de mediano plazo y el marco de gasto de mediano plazo.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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