Micelio

Artículo 6

Como Requisitos Académicos Se Exigirá: A) Para Tercer Secretario, El Grado De Bachiller En Cualquiera De Sus Modalidades; B) Para Segundo Secretario, Título Profesional Universitario

Decreto 1745 de 1983 · Por el cual se reglamentan parcialmente los Decretos extraordinarios 2016 y 2017 de 1968

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Como requisitos académicos se exigirá

a)

Para tercer secretario, el grado de bachiller en cualquiera de sus modalidades;

b)

Para segundo secretario, título profesional universitario. El grado o título debe haber sido obtenido en una institución legalmente reconocida por el Estado colombiano, lo cual se acreditará con la respectiva constancia de registro. Los grados o títulos obtenidos en el exterior, deberán haber sido convalidados por el Ministerio de Educación Nacional o el Icfes, según el caso.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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