°. La nomenclatura del empleo oficial de Catastro de que trata el artículo 5°del Decreto-ley 450 de 1984 quedará así: Denominación Código Grado Oficial de Catastro 4170 06 05 03
Decreto 140 de 1985 →Vigente
Artículo 1
La Nomenclatura Del Empleo Oficial De Catastro De Que Trata El Artículo 5°del Decreto-Ley 450 De 1984 Quedará Así: Denominación Código Grado Oficial De Catastro 4170 06 05 03
Decreto 140 de 1985 · Por el cual se modifican parcialmente los Decretos leyes 450 y 471 de 1984 y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.