Micelio

Artículo 82

Decreto 2503 de 1987 · por el cual se dictan normas para el efectivo control, recaudo, cobro, determinación y discusión de impuestos que administra la Dirección General de Impuestos Nacionales.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Recursos inadmitidos. Para efectos de lo dispuesto en el literal d) del artículo anterior, la Administración podrá inadmitir los recursos interpuestos por las personas o entidades, que no acrediten el pago o acuerdo de pago de la liquidación privada, dentro de los veinte (20) días siguientes a la notificación del auto inadmisorio, de conformidad con el artículo 30 del Decreto 3803 de 1982.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2503 de 1987