Dirección de Supervisión Aeroportuaria. Conforme a las políticas e instrucciones del Director General y del Secretario Aeroportuario, son funciones de la Dirección de Supervisión Aeroportuaria, para ejercerlas directamente o a través de sus divisiones, las siguientes
Diseñar y garantizar un sistema de supervisión aeroportuaria, que le permita conocer a la Secretaría Aeroportuaria, el funcionamiento y la calidad de los servicios en los diferentes aeropuertos del país.
Preparar los reglamentos y procedimientos aeroportuarios y supervisar su ejecución en la prestación de los servicios en cada una de las Direcciones y Administraciones, así como señalar los correctivos necesarios.
Supervisar la gestión de la Direcciones y Administraciones Aeroportuarias en materia de infraestructura, servicios y finanzas aeroportuarias, a través de mecanismo integrales de control.
Promover y estimular el desarrollo gerencial de las Direcciones y Administraciones Aeroportuarias.
Adelantar los estudios e investigaciones que el Secretario Aeroportuario le solicite.
Las demás funciones que le sean asignadas o delegadas por el Director General y el Secretario Aeroportuario.