Micelio

Artículo 22

Decreto 2649 de 1988 · Por el cual se determinan la estructura y funciones de la Dirección General de Aduanas y del Fondo Rotatorio de Aduanas

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Son funciones de la División de Estudios

a)

Analizar la política gubernamental en materia aduanera para su cumplimiento en todas las dependencias de la Dirección General;

b)

Seleccionar y analizar la información económica y administrativa relacionada con la actividad aduanera y el comercio exterior;

c)

Solicitar y obtener con la periodicidad necesaria la información relacionada con los estudios estadísticos que debe adelantar;

d)

Diseñar los sistemas estadísticos, revisarlos y evaluarlos periódicamente;

e)

Presentar al Subdirector los informes sobre los análisis realizados, señalado sus aspectos más importantes y las recomendaciones correspondientes;

f)

Estudiar los convenios internacionales sobre regímenes aduaneros y producir informes y recomendaciones;

g)

Apoyar a la Subdirección Administrativa en la elaboración del presupuesto de gastos de la Dirección General de Aduanas y del Fondo Rotatorio de Aduanas;

h)

Mantener una unidad técnica de documentación y estudios realizados;

i)

Analizar la información de los recaudos e implementar un sistema de información gerencial.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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