° Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábranse los siguientes créditos adicionales al presupuesto de gastos para la vigencia fiscal de 1975: Presupuesto de inversión MINISTERIO DE MINAS Y ENERGIA Capítulo 627 Instituto Colombiano de Energía Eléctrica y Corporación Eléctrica de la Costa Atlántica. Programa 627 Fomento Eléctrico Inversión indirecta Recursos ordinarios 582-244 Artículo 6276. Líneas y subestaciones de interconexión $ 5.000.000.00 Proyecto 1. Línea Popayán-Pasto-Ipiales 5.000.000.00 582-244 Artículo 6277. Líneas y subestaciones de transmisión 5.000.000.00 Proyecto 3. Línea Altamira-Florencia 5.000.000.00 582-244 Artículo 6283-A. Electrificadora de Sucre, para plantas móviles 2.000.000.00 582-244 Artículo 6283-B. Plantas móviles San Andrés (Islas) 2.000.000.00 582-244 Artículo 6283-C. Electrificación Puerto Boyacá (Boyacá) 3.000.000.00 582-244 Artículo 6283-D. Electrificación y funcionamiento de la Electrificadora de la Guajira 8.000.000.00 582-244 Artículo 6283-E. Electrificación y funcionamiento de la Electrificadora del Cesar 5.000.000.00 Suman los créditos adicionales $ 30.000.000.00
Artículo 2
Con Base En El Recurso De Que Trata El Artículo Anterior, Ábranse Los Siguientes Créditos Adicionales Al Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1975: Presupuesto De Inversión Ministerio De Minas Y Energia Capítulo 627 Instituto Colombiano De Energía Eléctrica Y Corporación Eléctrica De La Costa Atlántica
Decreto 398 de 1975 · Por el cual se hace un contracrédito y se abren unos créditos adicionales al presupuesto de gastos para la vigencia fiscal de 1975 (ministerio de minas y energía), por $ 30.000.000.00 y se hacen unas aclaraciones
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.