Micelio

Artículo 2

Con Base En El Recurso De Que Trata El Artículo Anterior, Ábranse Los Siguientes Créditos Adicionales Al Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1975: Presupuesto De Inversión Ministerio De Minas Y Energia Capítulo 627 Instituto Colombiano De Energía Eléctrica Y Corporación Eléctrica De La Costa Atlántica

Decreto 398 de 1975 · Por el cual se hace un contracrédito y se abren unos créditos adicionales al presupuesto de gastos para la vigencia fiscal de 1975 (ministerio de minas y energía), por $ 30.000.000.00 y se hacen unas aclaraciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábranse los siguientes créditos adicionales al presupuesto de gastos para la vigencia fiscal de 1975: Presupuesto de inversión MINISTERIO DE MINAS Y ENERGIA Capítulo 627 Instituto Colombiano de Energía Eléctrica y Corporación Eléctrica de la Costa Atlántica. Programa 627 Fomento Eléctrico Inversión indirecta Recursos ordinarios 582-244 Artículo 6276. Líneas y subestaciones de interconexión $ 5.000.000.00 Proyecto 1. Línea Popayán-Pasto-Ipiales 5.000.000.00 582-244 Artículo 6277. Líneas y subestaciones de transmisión 5.000.000.00 Proyecto 3. Línea Altamira-Florencia 5.000.000.00 582-244 Artículo 6283-A. Electrificadora de Sucre, para plantas móviles 2.000.000.00 582-244 Artículo 6283-B. Plantas móviles San Andrés (Islas) 2.000.000.00 582-244 Artículo 6283-C. Electrificación Puerto Boyacá (Boyacá) 3.000.000.00 582-244 Artículo 6283-D. Electrificación y funcionamiento de la Electrificadora de la Guajira 8.000.000.00 582-244 Artículo 6283-E. Electrificación y funcionamiento de la Electrificadora del Cesar 5.000.000.00 Suman los créditos adicionales $ 30.000.000.00

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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