Ningún Decente Escalafonado Podrá Ser Destituido De Su Empleo Ni Excluido Del Escalafón, Sino Por Mala Conducta O Por Incompetencia Profesional Comprobada
Decreto 223 de 1972 · Por el cual se dictan disposiciones sobre escalafón del personal docente y se establecen derechos, deberes, estímulos sanciones del mismo.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Ningún decente escalafonado podrá ser destituido de su empleo ni excluido del escalafón, sino por mala conducta o por incompetencia profesional comprobada. En estos casos, la entidad nominadora lo suspenderá de inmediato y dispondrá de treinta (30) días para la instrucción del expediente y la Sección del Escalafón de sesenta (60) días para fallar.
Parágrafo
En estos casos de suspensión de un docente, si la Sección de Escalafón del Ministerio de Educación Nacional no encontrare mérito suficiente para excluírlo del escalafón, la entidad nominadora tendrá que reintegrarlo y cancelarle las asignaciones que por todo concepto haya dejado de percibir.
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Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.