° La Gobernación del Departamento procederá a fomentar la organización y constitución de una Sociedad Anónima que se denominara "Fondo Ganadero del Norte de Santander, S. A.", cuyo capital inicial será de la suma de cuatrocientos mil pesos ($400.000.00) moneda corriente, y suscribirá en dicha sociedad, una vez que se hayan aprobado los estatutos y firmado la escritura pública respectiva, acciones hasta por la cantidad de doscientos mil pesos ($200.000.00) moneda corriente.
° En la escritura de constitución de la Sociedad figurará, como parte dispositiva, que su finalidad será la de suministrar ganados en compañía a los hacendados que poseyendo buenas tierras y pastos suficientes para cría, que levante o ceba de ganados, no cuenten con capital propio para financiar dichos negocios, y que las utilidades provenientes de tales operaciones serán repartidas en la siguiente forma: 65% para los propietarios de las tierras y pastos; y el 35% para el sostenimiento de los gastos de la institución.