Micelio

Artículo 2

Con Base En El Recurso De Que Trata El Artículo Anterior, Adiciónase El Presupuesto De Gastos Del Fondo Vial Nacional De La Vigencia De 1972, En La Cantidad De Tres Millones Quinientos Mil Pesos ($ 3

Decreto 1588 de 1972 · Por el cual se adiciona el presupuesto de ingresos y gastos del Fondo Vial Nacional de la vigencia fiscal de 1972

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, adiciónase el presupuesto de gastos del Fondo Vial Nacional de la vigencia de 1972, en la cantidad de tres millones quinientos mil pesos ($ 3.500.000.00) moneda corriente, de acuerdo con el siguiente detalle: Presupuesto de Gastos. Inversión Directa. Programa 06. Construcción de otras Carreteras. Artículo 28. Estudios, construcción, reconstrucción y pavimentación de otras carreteras. Proyecto 10. Riosucio-Jardín $ 3.000.000 Inversión Indirecta. Programa 11. Financiamiento. Artículo 36. Para el Fondo Nacional de Caminos Vecinales, con destino a los estudios construcción, reconstrucción y conservación de caminos vecinales, así: Proyecto

1.

La Casiana-San Bartolo en el Municipio de Jardín (Antioquia) $ 300.000 Proyecto

2.

Carretera Andes-El Tapao-Villacesar (Antioquia) 200.000 Suman los gastos $ 3.500.000

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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