Micelio

Artículo 2

Hácense Los Siguientes Traslados En El Presupuesto Del Ministerio De Educación Nacional: Ministerio De Educacion Nacional Capitulo 47 Establecimientos Varios

Decreto 1678 de 1935 · por el cual se hacen algunos traslados en la Ley de Apropiaciones de la vigencia fiscal en curso.

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Hácense los siguientes traslados en el presupuesto del Ministerio de Educación Nacional: MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL CAPITULO 47 Establecimientos varios. Del articulo 184 A. Para institutos de artes y oficios en las ciudades que determine el Gobierno $ 13,700 AL CAPITULO 40 Personal y material . Artículo 145. Para útiles de escritorio, material de las Oficinas del Ministerio y sus dependencias, premios y para gastos ele la fiesta de la bandera $ 2,500 AL CAPITULO 41 Academia de Historia, Biblioteca y Museo, etc. Al artículo 148. Para compra de libros, encuadernación, catalogación, Canjes, aseo y demás material de la Biblioteca Nacional 2,000 AL CAPITULO 43 Instrucción profesional . Al artículo 158. Para sueldos del Personal y material de la Facultad de Matemáticas e Ingeniería y para material del Observatorio Astronómico 4,000 Al artículo 163. Para sueldos del Personal y material del Conservatorio Nacional de Música 2,500 AL CAPITULO 45 Becas. Al artículo 175. Pura pensiones alimenticias de alumnos becados f),una beca a que se refiere el artículo 3º de la Ley 1ª de 1934 700 AL CAPITULO 49 Gastos varios. Al artículo 219. Para gastos extraordinarios e imprevistos del Ministerio y pago de los medios sueldos por enfermedad comprobada 2,000 Sumas iguales $ 13,700 13,700

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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