Del Comité Nacional de Sanidad Portuaria. EI Comité Nacional de Sanidad Portuaria estará integrado por
El Director de Saneamiento Ambiental del Ministerio de Salud o su delegado, quien lo presidirá;
El Director de Epidemiología del Ministerio de Salud o su delegado;
El Gerente del Instituto Colombiano Agropecuario (ICA), o su delegado;
El Jefe de la Dirección Marítima y Portuaria del Ministerio de Defensa, o su delegado;
El Sub-Jefe del Departamento Administrativo de Aeronáutica Civil o su delegado;
El Gerente de Puertos de Colombia o su delegado;
El Director General de Aduana o su delegado;
El Director de Navegación y Puertos del Ministerio de Obras Públicas o su delegado;
El Director del Instituto Nacional de Transporte o su delegado; 19. El Director del Instituto de Seguros Sociales o su delegado; 11. El Director de la Caja Nacional de Previsión Social o su delegado; 12. El Director del Instituto Nacional de Recursos Naturales Renovables o su delegado; 13. El Director de Regulación Técnica del Ministerio de Agricultura o su delegado.
El delegado que designe el representante titular, mientras tenga tal condición, deberá ser el mismo funcionario que participe en todas las reuniones.
El Comité podrá invitar a sus reuniones, cuando así lo estime necesario a representantes de otras entidades de los sectores público y privado, o a consultores especiales.