º La Comisión, organismo de coordinación y consulta del Ministerio de Minas y Energía para el Distrito Especial de Bogotá y las áreas vecinas, coordinará y supervisará la distribución de cocinol y el uso de energéticos alternativos y orientará los programas de gas natural y gas propano. Se entiende por áreas vecinas, los municipios de Cundinamarca y Boyacá en todo lo relacionado con el actual suministro, o sustitución del cocinol.
Decreto 1911 de 1987 →Vigente
Artículo 2
º La Comisión, Organismo De Coordinación Y Consulta Del Ministerio De Minas Y Energía Para El Distrito Especial De Bogotá Y Las Áreas Vecinas, Coordinará Y Supervisará La Distribución De Cocinol Y El Uso De Energéticos Alternativos Y Orientará Los Programas De Gas Natural Y Gas Propano
Decreto 1911 de 1987 · por el cual se crea la Comisión de Energía Domésitca Popular Para Bogotá, D. E., y áreas vecinas y se dictan disposiciones sobre cocinol y gas.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.