Micelio

Artículo 2

Ley 54 de 1913 · Sobre reformas judiciales y penales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Poder Ejecutivo puede ordenar de oficio y libremente que a los sumariados por delitos de cuadrilla de malhechores, hurto de ganados y robo, se les juzgue por los Jueces respectivos de Distrito Judicial, diferente de aquél en que se cometió el delito.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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