Artículo único. A partir del día primero de marzo próximo, regirá la siguiente tarifa para los camiones que transiten por la Carretera Central del Norte en las secciones de Cundinamarca y Boyacá: Autocamiones hasta de una y media toneladas de capacidad, inclusive, por día y por kilómetro $ 0 02 Autocamiones de dos toneladas de capacidad en adelante, por día y por kilómetro 0 04
Los conductores de esta clase de vehículos deberán presentar a los Aduanilleros una certificación del Inspector General del Tráfico de Bogotá, o de la oficina en donde se haya llevado a cabo la correspondiente matrícula, en que debe constar cuál es la capacidad del vehículo. Comuníquese y publíquese.