Micelio

Artículo 5

Funciones De La Junta Directiva

Ley 973 de 2005 · por la cual se modifica el Decreto-ley 353 del 11 de febrero de 1994 y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El artículo 8º del Decreto-ley 353 de 1994, quedará así:

"Artículo 8º. Funciones de la Junta Directiva. Son funciones de la Junta Directiva las siguientes:

1.

Formular la política general de la entidad.

2.

Aprobar los planes de desarrollo a corto, mediano y largo plazo, sometidos a su consideración por el Gerente General de la entidad.

3.

Establecer los planes, programas, proyectos y procedimientos que faciliten a los afiliados la adquisición de vivienda.

4.

Verificar el funcionamiento general de la organización y su conformidad con la política adoptada.

5.

Desarrollar el estatuto interno, la estructura orgánica y la planta de personal de conformidad con las normas que rigen la materia.

6.

Aprobar el anteproyecto de presupuesto anual de ingresos y gastos.

7.

Aprobar los Estados Financieros consolidados de cada vigencia fiscal.

8.

Autorizar los proyectos del presupuesto de inversión que presente la Gerencia.

9.

Autorizar la gestión y contratación de empréstitos internos o externos, de acuerdo con las disposiciones legales vigentes.

10.

Reglamentar sistemas especiales para recibir y administrar los recursos de los afiliados.

11.

Autorizar la participación de la Caja Promotora de Vivienda Militar y de Policía, en sociedades que se organicen para cumplir más adecuadamente su objetivo social de acuerdo con las disposiciones legales vigentes.

12.

Delegar cuando lo considere conveniente alguna o algunas de sus funciones en el Gerente General, conforme a las disposiciones legales vigentes sobre la materia.

13.

Cumplir y hacer cumplir las políticas que adopte el Gobierno Nacional y las suyas propias.

14.

Las demás que le asignen las disposiciones legales vigentes".

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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