Micelio

Artículo 314

Ley 153 De 1887 Declara Vigente Artículo 315 Ley 153 De 1887 Declara Vigente Artículo 316 Ley 153 De 1887 Dado En Bogotá, Á 1

Decreto 722 de 1902 · Por el cual se reglamenta el impuesto sobre denuncios, títulos, posesión y explotación de las minas de metales preciosos y los correspondientes derechos de exportación

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 8.°. Quedan reformados los artículos 142 á 145 y 158 del Código de Minas, adoptado por la Ley 38, de 15 de Marzo de 1887, de 30 de Abril de 1901 ( Diario Oficial número 11,488), y derogadas todas las disposiciones legales contrarias á este Decreto.

Parágrafo

Declárense vigentes las demás disposiciones de dicho Código, así como las de la citada Ley 38 y los artículos 313 á 316 de la Ley 153 del mismo año, que reforman los artículos 2.° y 11 de dicha ley 38 de 1887.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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