Micelio

Artículo 1

Decreto 596 de 1886 · Sobre instrucción pública secundaria y profesional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 1.° La Universidad nacional constará de cinco Facultades: 1. a Facultad de Filosofía y Letras ; 2. a Facultad de Ciencias matemáticas; 3. a Facultad de Derecho; 4. a Facultad de Ciencias naturales ; 5. a Facultad de Medicina y Cirugía. El Gobierno, en vista de las necesidades especiales de la instrucción y de los recursos del Tesoro, creará nuevas Facultades cuando lo juzgue conveniente. título segundo. Del Rector de la Universidad.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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