Micelio

Artículo 84

Decreto 33 de 1984 · Por el cual se reglamenta la Ley 1a de 1982 y el Decreto Legislativo número 386 de 1983

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 84 . La ejecución de las sanciones de multas se llevara a cabo mediante la consignación de las respectivas sumas de dinero en la tesorería de la entidad concedente, una vez ejecutoriada la providencia que la impone. Dichas sumas se destinaran exclusivamente a los programas que adelantan los Servicios Seccionales de Salud. La ejecución de las sanciones de declaratoria de caducidad y cancelación de licencias y carnés se llevara a cabo una vez ejecutoriada la providencia correspondiente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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