°. Garantía de un plan alternativo de capitalización o de pensiones. La garantía a que tengan derecho los afiliados a un plan alternativo de capitalización o de pensiones administrado por una entidad aseguradora de vida o por una entidad administradora de fondos de pensiones se regirá por lo dispuesto en el artículo 109 de la Ley 100 de 1993 y en el Decreto 1515 de 1998.
Decreto 2765 de 2007 →Vigente
Artículo 6
Garantía De Un Plan Alternativo De Capitalización O De Pensiones
Decreto 2765 de 2007 · por el cual se reglamenta el inciso 2° del artículo 99 de la Ley 100 de 1993.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.