Micelio

Artículo 7

º Acuerdo De Lgastos

Decreto 37 de 1992 · por el cual se fija el Régimen Presupuestal para la liquidación de la Empresa Puertos de Colombia, en liquidación.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Acuerdo de lgastos. Los Acuerdos de Gastos de las Juntas Regionales de la Empresa Puertos de Colombia, en liquidación, deberán ser aprobados por el Liquidador, quien con autorización de la Junta Directiva podrá introducir las modificaciones necesarias para que se cumplan los programas y fines de la liquidación, así como las disposiciones de la Ley de 1991 y los decretos que la desarrollan.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 37 de 1992