Micelio

Artículo 44

Ley 58 de 1931 · Por la cual se crea la Superintendencia de Sociedades Anónimas y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En el caso de suspensión de pagos o de quiebra definitiva de cualquier Sociedad Anónima establecida en el país, que tenga sección de ahorros, o que hubiese establecido o tenga establecida sección de seguros de vida, tendrán prelación en los pagos, al llevar a cabo la liquidación del caso, los depósitos consignados en la caja de ahorros y los valores equivalentes a las pólizas saldadas o no saldadas de seguros de vida de dicha Sociedad.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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