Las declaraciones exigidas en el artículo 3º serán revisadas en cada Administración Principal de Hacienda por el Administrador de Hacienda respectivo o por los empleados designados por éste, y el capital gravable de cada persona será determinado por el mencionado Administrador, tomando como base la declaración del contribuyente y toda otra información que pueda obtener y que haya sido plenamente comprobada.
Decreto 186 de 1935 →Vigente
Artículo 11
Las Declaraciones Exigidas En El Artículo 3º Serán Revisadas En Cada Administración Principal De Hacienda Por El Administrador De Hacienda Respectivo O Por Los Empleados Designados Por Éste, Y El Capital Gravable De Cada Persona Será Determinado Por El Mencionado Administrador, Tomando Como Base La Declaración Del Contribuyente Y Toda Otra Información Que Pueda Obtener Y Que Haya Sido Plenamente Comprobada
Decreto 186 de 1935 · POR EL CUAL SE REGLAMENTA EL DECRETO LEGISLATIVO NÚMERO 2429 DE 1934
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.