Se autoriza al Gobierno nacional en cabeza de la Dirección de Asuntos Indígenas, ROM y Minorías (DAIRM) o quien haga sus veces en acompañamiento del Ministerio del Interior y en articulación con el Departamento Nacional de Planeación, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), la Defensoría del Pueblo, el Ministerio de Salud y Protección Social, Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, Ministerio de Justicia y del Derecho, y las demás instituciones u organizaciones competentes para que dentro de los doce (12) meses siguientes a la entrada en vigencia de la presente ley, diseñe e implemente la Política Pública Nacional para la prevención, atención y erradicación de la ablación o mutilación genital femenina en Colombia.
La Política Pública deberá diseñarse en el marco del enfoque diferencial de género y deberá garantizar lo siguiente:
El diseño e implementación de estrategias interculturales de concientización, acerca de las consecuencias de la ablación o mutilación genital femenina.
Espacios de formación que comprendan los saberes ancestrales por medio de la sensibilización intercultural, con mujeres, hombres, niñas, niños y adolescentes, líderes, autoridades indígenas y comunidades, sobre la prevención y atención de violencias sexuales y reproductivas y prácticas nocivas, enfocado en el reconocimiento y cuidado del cuerpo de las niñas, adolescentes y mujeres.
Crear el Comité Nacional para la Erradicación de la Ablación o Mutilación Genital Femenina, el cual deberá contar con la participación de: Ministerio del Interior, Ministerio de Salud y Protección Social, representantes de la Confederación Nacional de los Pueblos de la Gran Nación Emberá de Colombia (CON NPEC) y sus lideresas, lideresas de las comunidades NARP, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), representante de las Empresas Administradoras de Planes de Beneficios (EAPB) que tenga afiliados a población indígena en territorio donde se realice la práctica, representante de ente territorial que cuente con población indígena donde se realice la práctica.
Plan institucional para la Prevención de la ablación o mutilación genital femenina, estrategias de cambio de prácticas nocivas para la vida y la salud en el ejercicio, prevención y atención de violencias sexuales y reproductivas y prácticas nocivas, enfocado en el reconocimiento y cuidado del cuerpo de las niñas, adolescentes y mujeres, así como acciones individuales y colectivas encaminadas a la identificación temprana de las niñas, las adolescentes y mujeres en riesgo de la realización de la práctica.
Mecanismos conjuntos con la Confederación Nacional de los Pueblos de la Gran Nación Emberá de Colombia (CONNPEC) y las lideresas Emberá, de coordinación interjurisdiccional conforme a las órdenes constitucionales, para la construcción, transformación, y/o modificación concertada de normas internas de las comunidades indígenas y un proceso y mecanismo interno, que propendan por la prevención, atención y erradicación de las prácticas nocivas a la salud y la vida de las niñas, adolescentes y mujeres.
El diseño, socialización e implementación de una ruta de atención diferencial, intercultural étnica, de derechos humanos y para la protección de la mujer en los casos de ablación o mutilación genital femenina, que cuente con la coordinación para la complementariedad entre los servicios de salud y los servicios sociales, frente a la preservación y la atención de la ablación o mutilación genital femenina.
Rutas de prevención, atención, protección y acompañamiento alrededor de la ablación o mutilación genital femenina, prácticas nocivas, desde las cosmovisiones indígenas, culturales y espirituales de las niñas y mujeres indígenas y de los territorios en los que se realice la práctica.
Reportes trimestrales con la Confederación Nacional de los Pueblos de la Gran Nación Emberá de Colombia (CONNPEC) sobre las situaciones de riesgo, tendencias y posible aumento de casos de la ablación o mutilación genital femenina.
Capacitación integral para los profesionales de la salud en la prevención, identificación y atención de la ablación o mutilación genital femenina, especialmente en aquellos que laboren en Instituciones Prestadoras de Salud, públicas o privadas, circundantes a los territorios o poblaciones de comunidades indígenas donde se realice la práctica.
Educación para los profesionales de la salud en formación, dentro del marco de la autonomía universitaria, enfocado a prevención, identificación y atención de la ablación o mutilación genital femenina con enfoque de género e intercultural. Especialmente, aquellos que se forman en Instituciones de Educación Superior, públicas o privadas, que se encuentran en los departamentos donde se identifiquen comunidades indígenas donde se realice la práctica.
La Política Pública deberá contemplar el enfoque intercultural en la cual se debe incluir de manera transversal la traducción de la misma en las lenguas indígenas que se requiera.
Capacitación integral para los y las educadoras de instituciones privadas o públicas de los territorios o poblaciones donde se realice la práctica, respetando la autonomía escolar, enfocada en la concientización colectiva de niños, niñas y adolescentes, sobre prevención de violencias, la identificación temprana de riesgos y el reconocimiento de sus derechos, desde un enfoque intercultural.
o. El Ministerio del Interior, a través de la Dirección de Asuntos Indígenas, ROM y Minorías (DAIRM) o quien haga sus veces en acompañamiento del Grupo de Género y Diversidad o quien haga sus veces en coordinación con el Ministerio de Salud y Protección Social, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, Ministerio de Justicia y del Derecho, se encargará de la coordinación y de la secretaría técnica de los diversos espacios de concertación y podrán trabajar con organizaciones de la sociedad civil y organizaciones de cooperación internacional.
La Política Pública Nacional deberá ser concertada con la Confederación Nacional de los Pueblos de la Gran Nación Emberá de Colombia (CONNPEC), las demás autoridades tradicionales indígenas de la familia lingüística Emberá y las instancias de coordinación interjurisdiccional, garantizando una efectiva participación, construcción e implementación en los territorios en donde se realizó esta práctica.
o. La Dirección de Asuntos Indígenas, ROM y Minorías (DAIRM), o quien haga sus veces en acompañamiento del Grupo de Género y Diversidad, o quien haga sus veces del Ministerio del Interior, deberán rendir informe de implementación de la Política Pública Nacional para la prevención, atención y erradicación de la ablación o mutilación genital femenina en Colombia al Comité Nacional para la erradicación de la Mutilación Genital Femenina mínimo una vez cada seis (6) meses.
o. El Ministerio del Interior y las demás entidades competentes deberán disponer de los recursos necesarios para el diseño e implementación de la Política Pública Nacional para la prevención, atención y erradicación de la ablación o mutilación genital femenina en Colombia.