Micelio

Artículo 18

Decreto 1133 de 1999 · por el cual se reestructura el Ministerio de Hacienda y Crédito Público

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Dirección de Política Macroeconómica. Corresponde a la Dirección General de Política Macroeconómica del Ministerio de Hacienda y Crédito Público el ejercicio de las siguientes funciones

1.

Elaborar estudios, diagnósticos, análisis y evaluaciones que permitan el seguimiento permanente de la situación económica general y la situación monetaria, crediticia y cambiaria del país.

2.

Diseñar, poner en funcionamiento y hacer las reformas pertinentes al programa de seguimiento macroeconómico y financiero en coordinación con el Banco de la República, el Departamento Nacional de Planeación y el Consejo Superior de Política Fiscal, CONFIS.

3.

Formular recomendaciones al Ministro en materia de política económica.

4.

Proponer al Ministro medidas tendientes a lograr los objetivos y metas de la política económica, en general la política fiscal, monetaria cambiaria y crediticia del país, en coordinación con los Asesores del Consejo Superior de Política Fiscal, CONFIS.

5.

Asesorar al Ministro en la coordinación con otras entidades, instituciones y organismos nacionales o internacionales para la elaboración de estudios, diagnósticos, análisis y evaluaciones relacionados con la situación económica del país.

6.

Asesorar al Ministro en el señalamiento de propósitos, objetivos y metas nacionales de corto, mediano y largo plazo, el señalamiento de las prioridades de la acción estatal y las estrategias y orientaciones generales de la política económica.

7.

Administrar la planta global asignada a la Dirección de Política Macroeconómica, distribuyendo los cargos dentro de la estructura interna.

8.

Las demás que se le asignen de acuerdo con su naturaleza.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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