°. Grávanse con veinte centavos oro cada 12½ kilogramos de sal vijua que de las Salinas de Cumaral y Upín se traigan a los territorios de las Provincias de Oriente y Guavio del Departamento de Cundinamarca, y para el cobro de ese gravamen establécense Aduanillas en Quetame y Medina, con el personal y los sueldos que se indican en seguida: aduanilla de quetame. Un celador Recaudador, con el sueldo mensual de $ 40 un Guarda Escribiente 25 aduanilla de Medina. Un Celador Recaudador, con $ 30 Un Guarda Escribiente, con 20
El Ministerio de Hacienda, por medio de resolución especial, fijará las funciones y deberes de los empleados de las Aduanillas referidas, y los Celadores y Recaudadores asegurarán su manejo con una fianza hipotecaria o prendaria, así: El de Quetame, por valor de $ 300 El de Medina, por valor de $ 200 Comuníquese y publíquese.